A día de hoy todos hemos oído hablar de la palabra amnistía, pero ¿Qué es esto? ¿En que consiste?, ¿Qué la diferencia del indulto?, en este articulo te lo explicamos.

En primer lugar debemos decir que la amnistía es una medida de gracia que a diferencia del indulto, que también es otra medida de gracia muy conocida en la sociedad, perdona el delito sin que haya sentencia o condena, es decir se renuncia a castigar una determinada actuación que es constitutiva de delito pero que todavía no ha sido enjuiciada, mientras que para el indulto es necesario que el delito haya sido castigado y por tanto exista una pena o condena que el condenado debiera cumplir ya que en el caso del indulto el delito si que ha sido enjuiciado.

Otra diferencia es que el indulto perdona la pena, pero la comisión del delito sigue existiendo, es decir sigue habiendo antecedentes penales por ejemplo si hubiera reincidencia mientras que la amnistía perdona todo, es decir es como si nada hubiese pasado y nunca se hubiera cometido tal delito, es decir es un reinicio desde 0.

También podemos diferenciar el indulto de la amnistía por su naturaleza, ya que mientras el indulto tiene naturaleza individual ya que suelen tratar sobre alguna o todas las penas impuestas a una persona, de hecho el articulo 62.i de la Constitución Española prohíbe al Rey autorizar los indultos generales, la amnistía tiene naturaleza colectiva y se suele tratar de un grupo de personas relacionadas.

Por ultimo destacar, que la figura de la amnistía no esta recogida en la Constitución mientras que el indulto es regulado por la ley de 18 de junio de 1870

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